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Martes 23 de julio 2013

INDECOPI informa sobre empresas más sancionadas relacionadas al Turismo

Se ha impuesto 1 173 sanciones, con multas por un total de 1 441 UIT.
INDECOPI informa sobre empresas más sancionadas relacionadas al Turismo
Foto: grupoverona.pe

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) impuso más de mil sanciones a empresas que prestan servicios relacionados al turismo, como transporte terrestre y aéreo, alimentos y bebidas, hospedaje, servicios turísticos, entre otros, por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Precisamente, a puertas de feriados largos y períodos vacacionales, el INDECOPI informó que se ha impuesto 1 173 sanciones, con multas por un total de 1 441 UIT (Unidades Impositivas Tributarias). Esto, de acuerdo a lo reportado en su servicio “Mira a quién le compras”, durante el período de enero de 2011 a marzo de 2013.

La institución precisó que sancionó a estas empresas debido a que no cumplieron con brindar un servicio idóneo; no pusieron a disposición de los clientes el Libro de Reclamaciones; incumplieron el servicio ofrecido, entre otros.

En el servicio “Mira a quién le compras” también se consigna información de las empresas que no cumplieron con aplicar las medidas correctivas dictadas por la institución.

Las empresas de transporte aéreo y terrestre recibieron un total de 498 sanciones (896 UIT). En el servicio de alimentación y bebidas se aplicaron 378 sanciones, por 248 UIT. Los servicios de hospedaje generaron 147 sanciones, por 71 UIT en multas. Agencias de viaje también fueron sancionadas por ofrecer malos servicios, con 125 sanciones (184 UIT de multa). Finalmente los servicios turísticos diversos contaron con 25 sanciones, por un total de 42 UIT.

Para tener en cuenta

Ante los próximos feriados largos, el INDECOPI recuerda a los ciudadanos algunos derechos reconocidos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

 Los restaurantes deben exhibir los precios en el exterior del local. Este precio debe ser igual al de la carta que ofrecen a los clientes en el interior e incluir el IGV.

Las agencias de viaje deben respetar lo que ofrecen en su publicidad, de lo contrario estarían incurriendo en una infracción. Por ello, los anuncios publicitarios pueden ser empleados por los consumidores como prueba del incumplimiento.Las empresas de transporte terrestre y aéreo deben permitir el endoso o transferencia del servicio adquirido a favor de otro consumidor. También podrá postergar el servicio en las mismas condiciones pactadas, siendo considerado el pasaje original como parte de pago.

Para ver lista completa ingresar a www.indecopi.gob.pe/miraaquienlecompras/


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