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Miércoles 11 de septiembre 2013

INDECOPI inicia procedimiento a un dirigente y ocho empresas de transporte en Trujillo

Se habría realizado una recomendación para que las empresas de transporte urbano eleven el precio de los pasajes escolar, urbano y universitario.
INDECOPI inicia procedimiento a un dirigente y ocho empresas de transporte en Trujillo
Foto: trujillonews.com

Ante los indicios encontrados, sobre un presunto acuerdo para incrementar el precio de los pasajes de transporte en Trujillo, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) inició un procedimiento administrativo sancionador contra un dirigente y ocho empresas de transporte público de dicha ciudad.

Dicho procedimiento fue iniciado de oficio, es decir por iniciativa del INDECOPI, a través de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), e involucra al dirigente Álvaro Liberato Salinas, representante de la Central Regional de Transporte Urbano de La Libertad, porque habría realizado una recomendación para que las empresas de transporte urbano eleven el precio de los pasajes escolar, urbano y universitario.

Adicionalmente, están incluidas la Empresa de Transportes y Turismo Santa Catalina S.A., Empresa de Transportes y Servicios Generales Atlantic Express S.A., Empresa de Transporte Moderno Girasoles Express S.A., Empresa de Transporte Arco Iris Express S.A., Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Moderno Cielo Azul S.A., Empresa de Transporte y Turismo Los Diamantes S.R.L, Empresa de Transporte Urbano Virgen De La Puerta S.A., las que habrían concertado (acordado) precios para incrementar los pasajes universitario y urbano.

La Empresa de Transportes y Multiservicios Ramiro Prialé S.A. también fue incluida porque habría participado en el acuerdo, aunque solo para elevar el precio del pasaje urbano.

Cabe precisar que la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (Decreto Legislativo 1034), en sus artículos 1 y 11 sanciona las conductas anticompetitivas, tipificándolas como infracción administrativa, con la finalidad de promover la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores. En ese sentido, sanciona los acuerdos, decisiones, recomendaciones o concertaciones realizadas por agentes económicos, que tengan por efecto restringir, impedir o falsear la libre competencia.

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