En el marco de los esfuerzos del Poder Ejecutivo para fortalecer la seguridad ciudadana y vial en el país, la Ley Nº 30076, impulsada por la Presidencia del Consejo de Ministros, establece el pago efectivo de las multas de tránsito, al modificar la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva.
Con la norma, publicada el 19 de agosto del 2013 en el Diario Oficial El Peruano, que modifica diversos artículos del Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal y Código de los Niños y Adolescentes, se evita que tengan efecto legal las acciones presentadas por malos transportistas ante el Poder Judicial.
Este marco legal precisa la no aplicación, en los casos de imposición de papeletas de tránsito, de lo previsto en el artículo 23 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva. En estas situaciones, la sola presentación de la demanda de revisión judicial no suspende la ejecución de los cobros coactivos por aplicación de multas de tránsito.
El Presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez, resaltó la importancia de este cambio legal en favor de la seguridad vial de todos ciudadanos, señalando que con esta ley ya no tendremos más transportistas circulando por las calles con 80, 120 o hasta 200 papeletas impagas, ni tampoco salas judiciales abarrotadas de demandas sin sustento jurídico iniciadas por estos malos transportistas.
La Ley Nº 30076, publicada, forma parte de las 21 iniciativas legislativas presentadas por el Ejecutivo al Congreso de la República, para fortalecer la seguridad ciudadana en el país.