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Martes 22 de octubre 2013

INDECOPI sanciona a colegio de Lambayeque por cobrar cuotas extraordinarias no autorizadas

La multa será de 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 74 mil nuevos soles.
INDECOPI sanciona a colegio de Lambayeque por cobrar cuotas extraordinarias no autorizadas
Foto: consulta-previa.pe

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó al colegio Manuel Pardo  de la región Lambayeque, por exigir a los padres de familia cuotas extraordinarias no autorizadas, bajo el concepto de “paquete de aniversario”.

Luego de un proceso de investigación, la Oficina Regional del INDECOPI en Lambayeque, determinó que la Congregación de la Misión en el Perú, promotora del colegio Manuel Pardo, sea multada con  20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 74 mil nuevos soles.

La sanción fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor ya que  la promotora vulneró el derecho de los consumidores  a la protección de sus intereses económicos, reconocido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Al respecto, la Ley de los Centros Educativos Privados prohíbe expresamente que estos realicen cobros por conceptos diferentes a los establecidos en la citada norma, salvo que se encuentren autorizados por el Ministerio de Educación.

Complementariamente, el INDECOPI ordenó como  medidas correctivas que la Congregación de la Misión en el Perú se  abstenga de pedir el cobro de las referidas cuotas e informe a los padres de familia acerca de las condiciones del servicio educativo. Asimismo, deberá colocar un aviso sobre la resolución en los lugares de alto tránsito del colegio, durante 6 meses y, de ser el caso, remitirlo a los padres de familia mediante comunicación electrónica.

La resolución será entregada a la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente para que, de considerarlo pertinente, actúe de acuerdo al ámbito de su competencia.

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