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Lunes 13 de enero 2014

Ejecutivo promulgó ley de protección de las personas con autismo

Ministerio de la Mujer elaborará Plan Nacional en coordinación con los sectores Salud, Educación, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Transportes.
Ejecutivo promulgó ley de protección de las personas con autismo
Foto: autismodiario.org

Con el objetivo de establecer un régimen legal que fomente la detección, diagnóstico precoz e intervención temprana de las personas con autismo, así como el acceso a una educación integral e inserción social, el Ejecutivo promulgó la Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Esta Ley N°30150, publicada el 08 de enero, señala que las personas con TEA afiliadas al Seguro Integral de Salud (SIS) tendrán derecho a una atención preferente y acceso a las diferentes atenciones que ofrece este seguro estatal. Además garantiza la capacitación profesional, la  completa inserción educativa, social y laboral de esta población, promoviendo la igualdad de oportunidades en todos los escenarios.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en el marco de la Ley General de la Persona con Discapacidad, elaborará el Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista en coordinación con los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo y Transportes y Comunicaciones, que asegurará el pleno ejercicio de sus derechos.

Contará también con el apoyo de la Municipalidad Metropolitana de Lima;  gobiernos regionales; la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE); y con los representantes de las personas jurídicas registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

Este Plan Nacional para las personas con TEA impulsará acciones para brindar servicios de detección y diagnóstico precoz, atención y tratamiento de personas con este trastorno, con énfasis en las zonas rurales.

Igualmente, orientará sobre este trastorno a los familiares para lograr la intervención temprana y adecuada de las niñas y niños, que incluya cuando menos intervenciones educativas, conductuales, terapéuticas y otras necesarias, según el diagnóstico médico.

Asimismo promocionará e incentivará la investigación científica sobre el autismo, que será la base para la comprensión y los diferentes tratamientos de este trastorno.

De otro lado, el Ministerio de Educación considerará en los programas curriculares de educación básica, técnico-productiva y superior información sobre este trastorno, mientras que los ministerios de la Mujer, Salud y Educación realizarán campañas de concienciación para lograr la integración de estas personas.

Finalmente la norma declara el 02 de abril de cada año como el Día Nacional de Concienciación del Autismo, fecha para reflexionar sobre la no discriminación de estas personas en ningún ámbito de sus vidas.

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