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Martes 25 de marzo 2014

No tendrán derecho a recibir herencia quienes hayan sido sentenciados por agredir a sus progenitores

Es muy común ver en nuestra sociedad que una de las principales causas de violencia contra el adulto mayor es el despojo de bienes.
No tendrán derecho a recibir herencia quienes hayan sido sentenciados por agredir a sus progenitores
Foto:radioperuinka.com

Mediante un proyecto de ley, el congresista de la bancada fujimorista; Francisco Ccama Layme, busca privar del derecho a heredar a todos que aquellos ciudadanos que hayan recibido sentencia judicial por conductas violentas contra sus progenitores.

De aprobarse mencionada iniciativa legislativa, el Artículo 667º señalaría que serán excluidos de la sucesión de determinada persona por indignidad, como herederos o legatarios a los autores y cómplices de homicidio doloso o de su tentativa, cometidos contra la vida del causante, de sus ascendientes, descendientes o cónyuge y los que hayan sido sancionados por sentencia firme y reincidente en materia de violencia familiar contra sus progenitores.

Esta propuesta legislativa se fundamenta en los innumerables casos que obran es nuestra realidad, donde las personas adultas mayores, además de enfrentar problemas de salud propios de la edad, deben enfrentar un entorno marcado por la falta de cohesión y solidaridad.

En un reciente estudio recogido por el Centro de Emergencia Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMPV, las estadísticas revelan que el victimario es el pariente cercano (90%), que la insensibilidad por parte de sus hijos y en muchos casos la ambición son causas del maltrato contra sus padres, sumando a ello el contexto de pobreza y de irresponsabilidad frente a una persona de menor autosuficiencia.

Es en ese escenario en donde se dan casos en los que la familia cercana manifiesta cansancio, agotamiento, desinterés, agresión y apropiación de los valores o rentas de la persona adulta mayor, quien al verse desvalido, se vuelve más dependiente, fácil de influenciar por el temor a ser abandonado, se abandona a sí mismo, se deprime e incluso se vuelve hostil y agresivo.

En nuestro país no existe un cuerpo legal ni servicio destinado exclusivamente a atender el maltrato que sufren las personas adultas mayores, quienes deben recurrir al amparo normativo existente para todas las personas maltratadas, es decir a la ley de protección frente a la violencia familiar y el código penal en lo referente al abandono de personas en riesgo, pero no existe el marco normativo directo que sirva como medida de desistimiento frente a los actos de violencia hacia los adultos mayores.

Es muy común ver en nuestra sociedad que una de las principales causas de violencia contra el adulto mayor es el despojo de bienes, conducta que se denomina abuso patrimonial o violencia económica.

En estas consideraciones en la cual la obtención del lucro es primero que todo y el uso de la violencia no solo física y psicológica es empleada, es un punto crítico que rompe la cadena de solidaridad y reciprocidad generacional e impide la convivencia saludable con las personas adultas mayores, quienes lejos de gozar de bienestar y cuidado de los hijos, reciben violencia siendo necesario una medida drástica y efectiva que sirva como acto represivo y disuasivo contra tal conducta.

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