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Jueves 27 de marzo 2014

Congresistas disidentes no serán tomados en cuenta en comisiones ni cargos directivos

En el Congreso ni en las comisiones.
Congresistas disidentes no serán tomados en cuenta en comisiones ni cargos directivos
Foto: congreso.gob.pe

Los congresistas disidentes, es decir, que renuncien o dejen de pertenecer al grupo parlamentario por el que fueron elegidos no podrían constituir grupos parlamentarios ni serían considerados en la distribución de las directivas de las comisiones (ordinarias, de investigación, especiales ni de Ética Parlamentaria) ni podrían ocupar cargos directivos en el Congreso ni en las comisiones.

La propuesta, aprobada con cargo a redacción para luego ser puesta a consideración del Pleno, está contenida en un proyecto de resolución legislativa que propone modificar, con tal finalidad, el artículo 37º del Reglamento del Congreso de la República (RGC), aprobado el martes 25 en la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el congresista Omar Chehade Moya (NGP).

Luego de un prolongado debate, el dictamen fue aprobado por amplia mayoría, con el voto a favor de los legisladores Martha Chávez, Luz Salgado, Rolando Reátegui, Alejandro Aguinaga y Ramón Kobashigawa (FP), Vicente Zeballos (SN), Víctor Isla, Santiago Gastañadui y Chehade Moya (NGP).

En contra se pronunció Rosa Mavila (AP-FA), y se abstuvieron Javier Bedoya (PPC-APP), Marco Falconí (UR) y Javier Velásquez (CP).

El documento propone también que sus disposiciones se pongan en práctica a partir del día siguiente de su promulgación y publicación en el diario oficial El Peruano, aunque no sería de aplicación a los grupos parlamentarios actuales.

Posteriormente, en declaraciones a la prensa, Chehade Moya afirmó que con esta propuesta se ponía fin a varios años de debate durante los cuales en comisiones anteriores se discutió la forma de sancionar el transfuguismo y la disidencia en la vida parlamentaria.

Ley de transparencia

En la parte final de la sesión, la congresista Luz Salgado (FP) sustentó un proyecto de resolución legislativa de su iniciativa por el cual propone que los informes anuales que remita la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), respecto al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sea derivada a las comisiones de Constitución y de Fiscalización y Contraloría.

La iniciativa tiene por objetivo que ambos grupos de trabajo evalúen el cumplimiento, por parte de los organismos públicos, gobiernos regionales y locales de las solicitudes de información que presentan grupos sociales y personas jurídicas y naturales, a fin de determinar las razones por las cuales se dejan de atender.

Según la proponente, los informes de la PCM son remitidos al Congreso y archivados sin que los parlamentarios se enteren de su contenido y no puedan ejercer su función de control político.


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