Banner Tuvivienda
Domingo 19 de mayo 2024   |   Contáctenos
REDES SOCIALES
Sábado 24 de mayo 2014

Avance en proteción de la propiedad inmueble

Por: Antero Flores-Araoz E.
Avance en proteción de la propiedad inmueble
Foto: Difusión

Siempre hemos entendido que la mejor forma de preservar y proteger la propiedad predial, es que se encuentre inscrita en los Registros Públicos, empero ello no ha sido suficiente, pues vemos con regularidad que personas inescrupulosas despojan de su propiedad a otras, y que personas que no son propietarias aparecen como tales y transfieren a terceros propiedad ajena.  

Algún Pepe el vivo, con artificios y mañas, transfirió el o los inmuebles que eran ajenos, pocas veces con la complicidad de algún notario, juez o registrador, pero en la mayoría de las ocasiones burlando la buena fe de dichos funcionarios.

Las autoridades, buscando que impere el orden y se ataje dichas anómalas pero usuales prácticas delictivas, ha venido dictando diversas regulaciones e incluso diseñando herramientas legales que ayuden a impedirlas.

Un primer esfuerzo fue la alerta registral, en que quienes tuvieren bienes inscritos en Registros Públicos le solicitaran que ante algún pedido de inscripción de cualquier acto sobre el bien, de inmediato se lo comunicaran, en buena cuenta alertando o advirtiendo lo que se intentaba, antes de la consumación de los hechos.

Otro mecanismo fue que el registro biométrico, por el cual los notarios, conectados con RENIEC, podían certificar la identidad de los contratantes y la fidelidad de su documento nacional de identidad. Si bien ha habido algunos problemas y tropiezos como cualquier obra humana, son superables mediante el perfeccionamiento que requiere el sistema.

La última herramienta de protección ha sido concebida desde SUNARP, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la que por reciente regulación nos ha entregado la llamada “INMOVILIZACIÓN TEMPORAL”, esto es que las partidas registrales correspondiente a predios, pueden ser encapsulados por un tiempo.

Este novedoso mecanismo de seguridad registral, tiene por finalidad generar el cierre temporal de la partida registral referida a un predio, hasta cumplir con un procedimiento especial de verificación de la autenticidad de títulos o hasta que opere la caducidad del asiento de inmovilización que puede ser de hasta diez años.

El asiento de inmovilización temporal publicita la voluntad del propietario con derecho inscrito en los Registros Públicos, de cerrar voluntaria y temporalmente la partida de determinado predio de tal forma que se impida inscribir en forma inmediata cualquier acto de disposición, gravamen o carga, hasta su posterior comprobación.

Sin duda, hay que afinar la nueva norma, pero estamos avanzando para impedir estos delitos de gente de mal actuar, que con sonrisas, saco y corbata estafan a tanto incauto.

Participa:
Valorar
Cargando...
COMENTARIOS
0 comentarios
2018 Grupo Generaccion . Todos los derechos reservados    |  
Desarrollo Web: Luis A. Canaza Alfaro    |    
Editor de fotografía: Cesar Augusto Revilla Chihuan