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Jueves 26 de junio 2014

Transferencia de S/.13.8 millones servirá para otorgar asignación especial a nueve mil docentes del VRAEM

Tanto contratados como nombrados recibirán S/.300 mensuales adicionales a su sueldo.
Transferencia de S/.13.8 millones servirá para otorgar asignación especial a nueve mil docentes del VRAEM
Foto: minedu.gob.pe

Con el fin de financiar el pago de una asignación especial para los 9.896 docentes que laboran en los distritos de intervención directa y de influencia del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó transferir del pliego presupuestal del Ministerio de Educación (MINEDU) un total de S/.13´ 803,300 a favor de cinco gobiernos regionales.

De esta manera, el monto señalado será distribuido entre los pliegos de los gobiernos regionales de Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica y Junín, según lo dispone el Decreto Supremo Nº 150-2014-EF publicado hoy en las normas legales del diario oficial El Peruano.

Al destacar que este beneficio comprende tanto a los profesores nombrados y contratados, el Director de Trayectoria y Bienestar Docente del MINEDU, Miguel Cárdenas Huayllasco, indicó que con ello se busca garantizar la prestación del servicio educativo de los docentes mejorando las condiciones laborales que enfrentan en el VRAEM.

Indicó que de los 9.896 docentes registrados, un total de 5.407 son nombrados y 4.489 son contratados, los cuales laboran en los 50 distritos de las zonas de intervención directa y de influencia del VRAEM.

Cárdenas señaló que la norma representa un paso adelante en el proceso de implementación de la reforma magisterial y constituye un esfuerzo del MINEDU por revalorar la labor docente como eje fundamental para la mejora de la educación del país.

La transferencia de recursos servirá para cubrir el pago de la asignación especial correspondiente al periodo junio-diciembre del presente año fiscal. Cabe anotar que esta bonificación especial es adicional a la Remuneración Integra Mensual (RIM) del profesor al igual que las asignaciones por prestar servicio en zonas rurales y en instituciones educativas de educación intercultural bilingüe.

La asignación no tiene carácter remunerativo ni pensionable, por lo que no será incorporada al salario del profesor; tampoco está afecta a cargas sociales ni forma parte del cálculo para la asignación o compensación por tiempo de servicios.

El Decreto Supremo 150-2014-EF es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, así como también lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala Tasso.

La referida norma brinda detalles sobre el procedimiento interno para la ejecución de los recursos y precisa que estos no podrán ser destinados a otros gastos diferentes, bajo responsabilidad.

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