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Lunes 07 de julio 2014

Suspenden pesca de anchoveta en diversas zonas del litoral por cinco días

Debido a la alta presencia de la referida especie en talla juvenil.
Suspenden pesca de anchoveta en diversas zonas del litoral por cinco días
Foto: es.ird.fr

Luego de recibir la recomendación científica del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), el Ministerio de la Producción anunció la suspensión de la pesca de anchoveta en diversas zonas del litoral por un periodo de cinco días calendarios, debido a la alta presencia de la referida especie en talla juvenil.

Esta medida regirá a partir de las 00:00 horas del 06 de julio y tiene como principal objetivo salvaguardar la biomasa del principal recurso marino del país.

Es importante mencionar que esta medida debe ser cumplida por las embarcaciones artesanales, menor escala e industriales, según lo establece las resoluciones ministeriales 234-2014-PRODUCE y 235-2014-PRODUCE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano.

Así, quedan suspendidas las actividades extractivas, dentro de las primeras 30 millas marinas de la costa, las áreas ubicadas entre los 10°30'–11°00' Latitud Sur, 12°00' – 12°29' Latitud Sur, y 13°30'–13°59' Latitud Sur.

De otro lado, se suspende las actividades pesqueras, dentro de las 20 millas marinas de la costa, la zona ubicada entre los 17°00' y 17°29' Latitud Sur.

Es importante mencionar que el Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos de la anchoveta, debiendo informar y recomendar oportunamente al Produce las medidas de ordenamiento pesquero.

Aquellos que incumplan lo dispuesto en la norma serán pasibles de sanciones, conforme lo establece el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC).

Cabe destacar que las direcciones generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo e Indirecto, y Supervisión y Fiscalización y de Sanciones de Produce, así como las direcciones regionales del litoral con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión y supervisión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial.

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