El Ministerio de Energía y Minas (MEM) mantiene su calidad de principal acreedor en el procedimiento concursal, que tiene como empresa concursada a Doe Run Perú SRL en liquidación, sin ninguna variación en el porcentaje de su acreencia reconocida.
Así lo ha dispuesto la Octava Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima.
La Sala confirmó los alcances de la sentencia que declaró infundada la demanda de nulidad de resolución administrativa interpuesta por Doe Run Cayman SRL en liquidación, así como Doe Run Perú Limited, contra el MEM y el Instituto de Defensa del Consumidor (INDECOPI).
Este fallo del Poder Judicial permite al MEM continuar participando en calidad de acreedor, protegiendo los derechos a la salud y el medio ambiente de la población de La Oroya.
Ello a través de la construcción de la planta de ácido sulfúrico a fin de preservar los estándares de calidad exigidos en la Ley, buscando el adecuado procedimiento productivo de esa planta industrial.
La participación del MEM, como acreedor de Doe Run Perú SRL, se dará como hasta ahora, en estricto cumplimiento de las leyes y de los derechos de todos los acreedores y trabajadores de la empresa.