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Martes 09 de diciembre 2014

Ciudades tendrán mapas del delito georeferenciados para combatir inseguridad ciudadana

Se publicó Reglamento de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana que precisa obligaciones a nivel nacional, regional y distrital para actuar contra delincuencia.
Ciudades tendrán mapas del delito georeferenciados para combatir inseguridad ciudadana
Foto: pcm.gob.pe

El combate de la inseguridad ciudadana se realizará en todo el país con herramientas modernas como los mapas del delito georeferenciados, articulación de los sistemas de video vigilancia y radiocomunicación, la contribución del sector privado y de los medios de comunicación social en los planes de seguridad, entre otras varias disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley N° 27933 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), publicado en el diario oficial El Peruano.

La Presidencia del Consejo de Ministros, en tanto instancia que preside el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, y cuya titular Ana Jara Velásquez refrenda el reglamento, saludó la vigencia de esta norma que reforzará los esfuerzos desplegados desde el gobierno para instaurar una política que permita enfrentar con eficacia y con acciones articuladas, la violencia en las calles, la delincuencia y el crimen organizado.

El reglamento precisa los ámbitos de cooperación entre la Policía Nacional del Perú y las Municipalidades o Regiones, respecto a la planificación y evaluación de acciones operativas conjuntas; la obligatoriedad de desarrollar mapas del delito geo referenciado unificado y plan cuadrante policial; prevención de la violencia, delitos y faltas, patrullaje integrado, capacitación y asistencia técnica al serenazgo municipal.

Se ratifica la obligatoriedad de la instalación, operación e interconexión de los sistemas de video vigilancia y radio comunicación de los Gobiernos Regionales y Locales con el Centro Nacional de Video Vigilancia y Radio Comunicación para la Seguridad Ciudadana. Esta obligación alcanza a las instituciones privadas que administran sistemas de video vigilancia direccionados a lugares de tránsito, de concentración regular de personas o de alta afluencia de público.

También establece la evaluación del desempeño de los funcionarios que conforman los Comités de Seguridad Ciudadana y dispone que las secretarías técnicas de los mismo será asumida por la Gerencia de Seguridad Ciudadana o la que haga sus veces, siendo el cargo indelegable y bajo responsabilidad. Otro aspecto importante es que, se elaborará el Manual del Sereno Municipal con el propósito de articular el trabajo conjunto con la PNP, en un plazo no mayor de 30 días.

El Reglamento, precisa que los Comités de Seguridad Ciudadana, con todos sus miembros, cada trimestre realicen Consultas públicas ordinarias, a fin de dar cuenta de la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, así como de la gestión administrativa y presupuestal, facilitando el diálogo ciudadano, entre otros.

El SINASEC, en funciones desde el 28 de julio de 2013, dirige las acciones del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018. El reglamento actualiza y regula los alcances de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), en particular, por las recientes modificaciones del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y la Ley N° 30055.

 

 

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