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Viernes 12 de diciembre 2014

[Chile] Cuestionamientos a la política de indultos

"Este beneficio se debiese otorgar de forma excepcional y no como una medida recurrente para resolver el hacinamiento del sistema carcelario", señala el diario chileno La Tercera en su editorial correspondiente al 11 de diciembre de 2014
[Chile] Cuestionamientos a la política de indultos
Foto: Difusión

 

Según un informe de la Subsecretaría de Prevención del Delito, del total de 4.029 personas que fueron beneficiadas con el indulto general de 2012 (Ley N° 20.588), novecientas volvieron a delinquir, lo que representa una fracción algo inferior a una de cada cuatro. Este informe dio origen a una controversia, porque el gobierno atribuyó a esa medida el incremento del índice de victimización, que conforme a los datos de la Fundación Paz Ciudadana alcanzó en noviembre pasado su máximo histórico de 43,5%.

El análisis del fenómeno de la delincuencia, que tiene alta prioridad dentro de las preocupaciones ciudadanas, exige un debate fundado y que no se utilice con fines políticos, de manera que se pueda avanzar en la reducción de las tasas actuales, objetivo que hoy está lejos de ser realidad. Atribuir al referido indulto el incremento del índice de criminalidad no tiene sustento; y si efectivamente contribuyó a la reincidencia de los liberados, sólo fue marginal y no explica la situación actual. De hecho, la mencionada tasa de reincidencia (condenas y contactos con el sistema penal) se compara favorablemente con la cifra de reincidencia general, que llega al 70%, aun cuando en este caso, 756 de los beneficiarios eran extranjeros que fueron expulsados del país, de los cuales es difícil tener datos concretos de reincidencia. Por otra parte, cabe recordar que dicho indulto, dado su carácter general, fue otorgado por ley, y a cuya aprobación concurrieron todas las fuerzas políticas por consideraciones humanitarias y como una forma de responder al hacinamiento carcelario, que quedó de manifiesto a partir del dramático incendio de la cárcel de San Miguel en 2010.

No obstante, todo perdón del cumplimento de la pena tiene un efecto adverso, no sólo para la justicia del caso en sí mismo, sino que para la política criminal, ya que transmite un mensaje de impunidad que alienta a delinquir, al generar la percepción de que las penas no se cumplen íntegramente y, por lo mismo, que las consecuencias de hacerlo son limitadas. En este sentido, aquella ley incidió en crear dicho ambiente, aunque esto sea imposible de medir. Ello hace que los indultos sean siempre debatibles y que debieran restringirse al mínimo. En especial, son más cuestionables los indultos particulares, pues se prestan para discriminaciones y situaciones poco claras, lo que se agrava con el secreto que los rodea la normativa vigente, por lo que no hay información sobre quiénes son favorecidos.

Es comprensible que se haya utilizado la herramienta del indulto para hacer frente a una situación específica, como la que se consideró en 2012. Pero ello no puede transformarse en una política habitual, y requiere adoptar medidas de fondo para encarar el problema del hacinamiento en las cárceles del país, e impedir que se mantenga como un fenómeno estructural. Por otra parte, es indispensable replantear el indulto particular, que se mantiene como un resabio monárquico, entregando su otorgamiento a mecanismos más institucionales, que ponderen factores como las probabilidades de reinserción y que resuelvan con transparencia, otorgando a las víctimas y a la comunidad la oportunidad de ser escuchadas.

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