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Miércoles 25 de febrero 2015

Proyectos por APP deben cuidar el interés del Perú

Por: César Fernando Sánchez Olivencia (*)
Proyectos por APP deben cuidar el interés del Perú
Foto: Difusión

 

La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) anuncia que desde abril hasta el cierre del 2015 serán adjudicados 31 proyectos en todo el país. De todas estas obras, 17 contarán con una inversión aproximada de US$4.667 millones y el resto aún está en evaluación. El grueso de planes de infraestructura está concentrado en el sector transportes, con 10 nuevos proyectos en cartera.

También se ejecutarán proyectos en los sectores de electricidad: con 6 nuevas obras; saneamiento y salud: con 5 proyectos, penitenciario: con 4 proyectos, y los sectores de hidrocarburos, turismo y minería: con dos proyectos cada uno. Como se puede observar, existe un gran vacío en los grandes proyectos educativos, que deberían ser la prioridad del Estado en el “Año de la diversificación productiva y fortalecimiento de la educación”.

El know how de las APP

El Gobierno del presidente Humala podría ser recordado como el que más concesiones entregó en comparación con sus predecesores y el más arriesgado en materia de Asociaciones Público–Privadas (APP).Por esta razón, el Estado no debe olvidar que la contratación pública es la actividad más vulnerable a la corrupción. Es fácil desviar fondos públicos para generar ganancias particulares. El lobbie es una de las modalidades más diplomáticas.

La APP es una forma de contratación pública, que se aplica para atraer la participación del sector privado en condiciones competitivas y lograr las mejores condiciones de contratación para el Estado. Por lo menos así dice la teoría. Es necesario que haya confianza respecto a las reglas de juego y a su aplicación: mismo trato y mismas condiciones para todos los participantes en la teoría y en la práctica.

Los proyectos de Asociación Público Privada en el Perú se administran a largo plazo, para la provisión de servicios o de infraestructura pública con alta rentabilidad social y baja rentabilidad financiera. Repito: así dice la teoría. El equilibrio financiero supone un cofinanciamiento parcial o total del Estado en los pagos adicionales a los peajes o tarifas pagados por los usuarios, cesiones en uso de terrenos y equipos, entre otros compromisos.

Por qué las APP

La Asociación Público Privada, a cargo de la estatal Proinversión, se restringe a aquellos casos en que el sector privado provee directamente un servicio público, pero que su intervención supone la participación financiera del Estado para hacer rentable el proyecto, en la medida que la rentabilidad financiera del negocio no es suficiente para utilizar el esquema clásico de concesiones.

El Decreto Legislativo N° 1012, Ley Marco de Asociación Público Privadas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 146-2008-EF, son las normas que regulan en el Perú este tipo de promoción de la inversión privada. El modelo adopta la forma de una concesión, o sea, un contrato firmado entre el Estado y una empresa o empresas, por un plazo determinado.

De acuerdo al Art. 3º del Decreto Legislativo Nº 1012, las APP son modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos.

Uno de los principios más importantes de la APP es la asignación adecuada de riesgos. Deberá existir una adecuada distribución de los riesgos entre los sectores público y privado. Es decir, que los riesgos deben ser asignados a aquel con mayores capacidades para administrarlos a un menor costo, teniendo en consideración el interés público y el perfil del proyecto.

Javier Encinas, funcionario del Ministerio de Economía británico (las APP se inventaron en el Reino Unido) considera que a pesar de las ventajas que supone el ‘expertise’ del sector privado, las APP no son la panacea y tampoco pueden resolver todos los problemas. Por esa razón, considera que la gestión del servicio debe seguir a cargo del Estado.
“Las APP son buenas para resolver problemas de infraestructura, pero no la calidad del servicio en sí y para atacarlo se deben mejorar las políticas públicas, pero también se debe tener en cuenta que cada mercado y cada modelo de APP es único, por eso deben analizar las razones de los gobiernos cuando deciden optar por ellas”, afirma.

El Estado refuerza la normatividad

Consciente de esta situación el Estado ha realizado cambios en el reglamento la ley. Entre otros puntos, precisa que deberán verificar que en las adendas (agregados adicionales) de los contratos suscritos dentro de los primeros 3 años no se modifiquen las condiciones de competencia establecidas en los procesos de promoción de la inversión privada. Así se garantiza las mismas condiciones que existían cuando se adjudicó la buena pro.

Asimismo, la aprobación de una adenda se hará con la opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) Se revisará el cofinanciamiento o las garantías y la modificación de los parámetros económicos y financieros del contrato o la generación de contingencias fiscales para el Estado por la modificación al Contrato. Sin el visto bueno del MEF, las adendas quedan nulas.

Las Iniciativas Privadas Cofinanciadas (IPC) serán admitidas y evaluadas por ProInversión, cuando los proyectos tengan, como mínimo, un plazo contractual mayor a diez años y un costo de inversión superior a 10,000 UIT (S/. 38.5 millones).

Asimismo, el concesionario deberá acreditar si utiliza proyectos de inversión pública del Banco de Proyectos del SNIP. La gestión de APP requiere de funcionarios que protejan el interés de los peruanos y de un organismo regulador eficiente y efectivo.

Los peruanos recordamos las observaciones a la licitación pública del Gasoducto Sur Peruano con la intervención del cuestionado exministro de Energía y Minas Eleodoro Mayorga. No olvidemos que con los proyectos de APP se compromete el presupuesto público y la economía de los ciudadanos, durante muchos años de gestión posterior a la inversión inicial. Es una gran responsabilidad de quienes hoy día toman decisiones evitar los perjuicios que puedan generarse más tarde por la inconducta de las autoridades.

(*) Miembro de la Red Peruana de Divulgadores Científicos.

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