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Miércoles 08 de abril 2015

Indecopi sanciona a Lan Perú S.A. por negar injustificadamente el abordaje de pasajeros

Se le impuso una multa ascendente a 11,1 UIT (unidades impositivas tributarias).
Indecopi sanciona a Lan Perú S.A. por negar injustificadamente el abordaje de pasajeros
datuopinion.com

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), confirmó una resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte, en el extremo que halló responsable a Lan Perú S.A., por negarse de manera injustificada a que diversos pasajeros que contaban con boletos emitidos y espacios confirmados, abordaran el avión.

Durante este procedimiento, iniciado de oficio por parte de la autoridad administrativa, la aerolínea alegó que no incurrió en infracción, pues la sobreventa o sobrerreserva de pasajes en el mercado del transporte aéreo no se encontraba prohibida, siendo una práctica lícita. 

Al respecto, luego de reafirmar su competencia para conocer las infracciones al derecho de los consumidores que puedan producirse en materia de transporte aéreo, la Sala determinó que sin perjuicio de lo establecido en las normas sectoriales y las políticas de venta o de reserva de pasajes que empleen las aerolíneas, cuando se afecte el derecho de los consumidores mediante una denegatoria injustificada de check in o de embarque, la autoridad de consumo puede evaluar y sancionar tal hecho. 

Precisamente, la autoridad administrativa verificó a lo largo del procedimiento, que en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, durante los años 2011 y 2012, se presentaron 6 casos en los que sí existió una afectación al interés de los consumidores, pues no pudieron tomar el vuelo contratado, pese a tener sus boletos emitidos y espacios confirmados. En el expediente tampoco se constató que tales pasajeros hubieran aceptado la reprogramación de su vuelo ni la existencia de un hecho fortuito o de fuerza mayor que justifique tal hecho. 

Por ello, la Sala determinó que Lan Perú S.A. infringió el deber de idoneidad contenido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que se le impuso una multa ascendente a 11,1 UIT (unidades impositivas tributarias). 

Para conocer la resolución puede ingresar al siguiente  enlace http://sistemas.indecopi.gob.pe/sdc_Jurisprudencia/documentos/1-94/2014/Re3869.pdf.

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