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Viernes 22 de mayo 2015

Jueces tomarán en cuenta opinión de menores en casos de tenencia compartida

La iniciativa, explica que “de no existir acuerdo (entre los progenitores) o si este resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la resolverá el juez especializado.
Jueces tomarán en cuenta opinión de menores en casos de tenencia compartida
Foto: congreso.gob.pe

En las situaciones en que los padres estén separados de hecho, la tenencia de los hijos menores se determinará de común acuerdo entre las partes tomando en cuenta el parecer del niño y adolescente, según se aprobó en sesión de la Comisión de la Mujer y Familia presidida por la legisladora María del Pilar Cordero Jon Tay (GPFP).

La iniciativa, de autoría del legislador Juan José Díaz Dios (GPFP), explica que “de no existir acuerdo (entre los progenitores) o si este resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la resolverá el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, debiendo disponer, como primera alternativa, la tenencia compartida, salvo que sea contraproducente, salvaguardando en todo momento el interés superior del niño, niña o adolescente”.

En sus considerandos, la propuesta legislativa señala que su objetivo es coadyuvar a que los órganos jurisdiccionales adopten una decisión sobre la variación de la tenencia y que se considere como principal criterio para ello el principio del interés superior del niño.

Sostiene también que la variación de la tenencia de hijos procederá con el informe favorable de un equipo multidisciplinario y que en todas las instancias los jueces deben escuchar la opinión del niño y tomar en cuenta la del adolescente.

La norma explica la figura de la tenencia como institución familiar y contempla que se deberá tomar en cuenta la posibilidad del otorgamiento de la tenencia provisional, la misma que podrá solicitarse cuando el niño fuese menor de tres años y estuviera en peligro su integridad física, debiendo en estos casos resolverlo el juez de familia en un plazo de veinticuatro horas. De ser el niño mayor de tres años o que no estuviese en peligro su integridad física, el juez resolverá lo necesario teniendo en cuenta el informe del equipo multidisciplinario, previo dictamen fiscal.

El interés superior del niño

El interés superior del niño debe primar en todo acto en que está involucrado un niño o adolescente. Entre los lineamientos que el juez deberá  tomar en cuenta a efecto de dictaminar la tenencia del menor,  está conocer el trato que le brindan las personas de su entorno, la empatía hacia ellas, las condiciones económicas y sociales que le rodean, el grado de desarrollo educativo alcanzado por sus padres.

Es decir, hace énfasis el proyecto aprobado, para decidir sobre el futuro del niño, el juez debe resolver de manera razonable y justa, eligiendo entre varias opciones, por aquella que más convenga al niño. (EPA)

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