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Miércoles 21 de septiembre 2016

Dudosa repatriación de capitales en facultades legislativas

Por: César Gutiérrez
Dudosa repatriación de capitales  en facultades legislativas
Foto: Difusión

 

Los temas tributarios sobre los que el PPKausismo quiere legislar pidiéndole facultades al Congreso, ameritan debate suficientemente informado tanto en comisiones como en el pleno. En dos de los nueve casos propuestos se plantea tratamiento preferencial sobre omisiones de declaración, intereses y moras; que corresponden a cifras billonarias. Me referiré al tema relacionado a los fondos y rentas no declarados a la Sunat que tienen en el exterior los contribuyentes domiciliados en el Perú, que suele llamarse sin rigurosidad, repatriación de capitales.

El primer concepto es que los capitales salieron del país a través del sistema financiero o se recepcionaron en plazas extranjeras y hubo la predisposición a que no fueron de conocimiento de la autoridad tributaria lo cual ya representa una falta. Cuando se plantea el régimen especial se está perdonando la omisión voluntaria y minimizando el impacto económico al infractor. La pregunta es ¿por qué la necesidad de facultades? ¿Será inefectivo como las veces anteriores? ¿Qué gana el estado?

La gran motivación nace con fórceps en la Organización de Cooperación de Desarrollo Económico (OCDE), que ha tomado la decisión de publicar las cuentas de no domiciliados en instituciones financieras de sus países miembros. Estamos hablando de 35 países de los cuales hay dos: Luxemburgo y Suiza, que son considerados paraísos fiscales. Esta posición motivó a países Latinoamericanos como: México y Chile hayan puesto en práctica medidas sobre repatriación de capitales. Como el plazo apremia y el Perú desde fines de 2014 tiene el compromiso con la OCDE el desarrollo de un “programa país” que implica adecuar las políticas de estado a las de la organización; todos aquellos que están en esta situación necesitan celeridad pues se teme que en un proceso legislativo regular la publicación de las cuentas podría ocurrir antes que haya ley. Es obvio que en esta oportunidad no habrá escapatoria.

Lo que llama la atención es que la propuesta del gobierno no trae consigo la obligatoriedad de repatriación de capitales. Entonces es imperioso que se explique ¿cuáles serán las condiciones? ¿ El país se beneficia solo con la recaudación de la tasa impositiva que aún se desconoce?

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