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Miércoles 05 de octubre 2016

Publíquese Informe Contraloría Sobre Sorpresiva Emisión Bonos

Por: César Gutiérrez
Publíquese Informe Contraloría Sobre Sorpresiva Emisión Bonos
Foto: Difusión


Mientras la bancada de Fuerza Popular se centraba en la discusión sobre el otorgamiento de las facultades legislativas al Poder Ejecutivo, sorpresivamente desde el Ministerio de Economía y Finanzas(MEF) se hacía una emisión de bonos por 10,250 millones de soles, equivalente a 2,800 millones de US$ (MMUS$) que solo era la punta del iceberg de un programa de 12,146 millones de US$, según ha quedado establecido en el Decreto Supremo (DS) 269-2016-EF, aprobado el pasado 27 de septiembre.

La base legal utilizada ha sido el DS-08-2014-EF; con el que se aprobó el Texto Único Concordado de la Ley 28563, Ley General de Endeudamiento; donde se establece que para la administración de deuda pública, entendida como recompra, basta con un DS. Lo que llama la atención es que en el Proyecto de Ley de Endeudamiento para el año 2017, en la segunda disposición complementaria transitoria se planteaba la emisión de bonos por 6,000 MMUS$, bajo la denominación de administración de deuda, lo que hizo que el fujimorismo estuviese confiado. Esta contradicción es inentendible, ¿para qué plantearlo en un proyecto de ley para hacerlo antes con un DS, por una cifra que duplica lo propuesto?

Sin embargo no es lo único, es de interés público conocer: ¿cuál es la expectativa de ahorro con toda la emisión?, ¿con qué supuestos de tipo de cambio en largo plazo se han trabajado dado que se están haciendo emisiones en soles para reemplazar deuda en dólares?, ¿cuáles son los detalles del proceso de selección de los bancos asesores y el argumento de éstos para seleccionar al banco colocador, en concordancia con el DS-033-2006-EF?, ¿cómo así una dependencia internacional del BBVA que hace de asesor recomienda a la dependencia local del BBVA como colocador? y ¿cómo se selecciona al estudio de abogados que actúa como asesor legal?

Todos los puntos señalados deberían estar referidos en el informe de la Contraloría General de la República, que es obligatorio en emisiones de deuda, según lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Control (Ley 27885), por lo que corresponde que se haga público el mencionado documento, pues lo sorpresivo de la emisión genera legítimas suspicacias y las notas de prensa del MEF son insuficientes

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