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Sábado 29 de octubre 2016

Ministros del Interior y de Justicia presentaron avances en materia penal para combatir el crimen organizado

Ambas autoridades expusieron sobre la aprobación del artículo 279G, que regula el porte y alquiler ilegal de arma de fuego y municiones.
Ministros del Interior y de Justicia presentaron avances en materia penal para combatir el crimen organizado
Foto: mininter.gob.pe

Con la finalidad de fortalecer la lucha contra el crimen organizado, los ministros del Interior, Carlos Basombrío Iglesias, y de Justicia y Derechos Humanos, María Soledad Pérez Tello, informaron sobre las modificaciones al nuevo Código Penal y a la Ley de Crimen Organizado, aprobadas por el Ejecutivo, así como de la iniciativa constitucional para la ampliación de detención para la investigación criminal. 

Ambas autoridades expusieron sobre la aprobación del artículo 279G, que regula el porte y alquiler ilegal de arma de fuego y municiones; la modificación del artículo 317 e inclusión del artículo 317ª, sobre organizaciones y bandas criminales; y la inclusión de los delitos de Sicarito y Minería Ilegal en la Ley de Crimen Organizado. 

En cuanto al porte ilegal de armas, regulado en el nuevo artículo 279G del Código Penal, el titular del sector Interior indicó que desde ahora el que tenga en su poder una arma que sea de la Policía, de las Fuerzas Armadas o del INPE serán sentenciados con prisión efectiva no menor de 8 ni mayor de 12 años. 

“El objetivo es reducir el uso y tráfico ilegal de armas de fuego, pues, a esto también se debe el incremento de la violencia criminal. Hago un llamado a los jóvenes a no portar ilegalmente armas del Estado, porque la sanción será severa”, manifestó. 

En tanto, la ministra de Justicia y Derechos Humanos, explicó que con esta modificación se independizó del tipo general de tenencia ilegal de armas las prohibiciones vinculadas a armas de fuego y se añadió el uso, porte y facilitación ilegal de armas o municiones. 

Con estos cambios estamos superando los vacíos legales, se pondrá al delincuente donde debe estar y se logrará una sanción efectiva”, enfatizó Pérez Tello.   

Los miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional que presten o alquilen sus armas de fuego no solo podrían ser sancionados con pena privativa de libertad  de 8 a 15 años de cárcel, sino que perderían sus grados y honores y quedarían inhabilitados para la función pública.

‘Organización criminal’, nuevo tipo penal

En cuanto a la modificación del artículo 317 del Código Penal, se propone reformarlo  estableciendo el tipo penal de ‘organización criminal’, con la finalidad que sea concordante  con la Ley No 30077 Contra el Crimen Organizado. Antes los delitos cometidos en bandas se tipificaban como ‘asociación ilícita para delinquir’, lo que no se ajusta a la comisión del delito organizado. 

Este cambio permitirá a la Policía Nacional actuar de forma preventiva, pues los actos preparatorios a la comisión de un delito considerado como crimen organizado implican la existencia y funcionamiento de una organización criminal, y, por tanto, serán sancionados con una pena de 8 a 15 años y de 15 a 20 años en el caso de líderes, cabecillas o financistas de la organización criminal. 

Antes de esta reformulación, los actos preparatorios hubieran sido, en el mejor de los casos, considerados como tentativa, con penas que no reflejaban la gravedad de los hechos y de sus consecuencias. 

También se incluye el artículo 317°, que regula ‘Banda Criminal’, como un tipo penal que cubre los casos en que hay acuerdo para delinquir, pero no bajo una estructura organizada. 

‘Sicariato’ y ‘minería ilegal’ en Ley

Con relación a la referida Ley N° 30077 Contra el Crimen Organizado, se incluyó los delitos de ‘Sicariato’ y ‘Minería Ilegal’, por lo cual serán tratados como Crimen Organizado. Con esto se podrá utilizar las diversas herramientas y atribuciones previstas para investigación y sanción criminal.  

Finalmente, se incluyó el delito de ‘Sicariato’ en el grupo de delitos que no gozan de beneficios penitenciarios, debido a la alta lesividad de esta modalidad delictiva.

Iniciativa: Ampliación de detención para investigación

Por otro lado, los ministros Basombrío Iglesias, y Pérez Tello expusieron sobre los alcances de la iniciativa legislativa para modificar el literal F, numeral 24 del artículo 2 de la Constitución. 

Este cambio busca la ampliación de detención para efectos de investigación criminal. La propuesta del Gobierno es que ese plazo pase de 24 a 72 horas. Asimismo, se propone la ampliación de hasta máximo de 15 días en la investigación sobre casos de Crimen Organizado, como es actualmente para los delitos de Terrorismo y Narcotráfico. 

“Estamos seguros que esta iniciativa será respaldada por el Congreso del República, porque permitirá a la Policía Nacional y al Ministerio Público, ejecutar una investigación adecuada y completa, así como contar con la mayor cantidad de elementos posibles de prueba”, resaltó Basombrío Iglesias. 

En la conferencia de prensa, también estuvieron presentes Leonardo Caparros Gamarra, jefe de gabinete de asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior y el general, Vicente Romero, director general de la Policía Nacional del Perú. 

Importante

Las modificaciones hechas al nuevo Código Penal y a la Ley de Crimen Organizado, aprobadas por el Ejecutivo,  serán publicadas mañana en el diario El Peruano. En tanto, la iniciativa constitucional para la ampliación de detención para la investigación criminal será enviada al Congreso de la República.

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