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Martes 05 de diciembre 2017

Concesión de gas natural en Piura: modalidad bullying

Por: César Gutiérrez
Concesión de gas natural en Piura: modalidad bullying
Foto: Difusión


César Gutiérrez, autor de estas líneas

Tortuoso camino se está experimentando para que la región Piura cuente con un concesionario de distribución de gas natural (GN)  por ductos. La responsabilidad recae en el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y es necesario que se conozca la raíz del problema que esta administración ha heredado.

La semana pasada en un blitzkrieg mediático a favor de la empresa Gases del Norte del Perú SA (Gasnorp), propiedad de la colombiana Promigas, que opera en el país bajo la denominación Quavii; hubo fuego incesante a todos los que tienen que ver con el GN en Piura: la Ministra Cayetana Aljovín; el congresista Freddy Sarmiento; la titular del contrato del Lote XIII, Olympic y la familia Rassmuss, accionista de la mencionada empresa. La pretensión explícita es inaugurar una nueva modalidad de otorgamiento de concesión de distribución: por bullying mediático.

Hay un problema de origen, desde el año 2011 está en curso un proceso judicial sobre la concesión de distribución en el distrito de Pariñas, en cuya jurisdicción está el cliente estrella de cualquier distribuidor, la Refinería Talara. La judicialización fue planteada por la empresa Gastalsa, a quien por dos Resoluciones Supremas del año 2009, se le dio caducidad al derecho que tenía. Es decir, en diciembre del 2013, que se inicia el proceso de concesión por solicitud de parte, a iniciativa de Gasnorp, desde el MEM debió denegarse hasta que se tuviese resuelto el tema en los tribunales. Sobre el particular hay una investigación  a cargo de la Oficina de Control Institucional (OCI), donde habrá responsabilidades que deslindar.

La situación se agravó en marzo de este año, cuando el Juzgado Civil Transitorio de Talara sentenció a favor de Gastalsa y en la apelación planteada por el MEM en la Corte Superior de Sullana, el dictamen de la Fiscalía Superior Mixta de esa localidad, emitido en agosto pasado, se pronuncia por la ratificación de la sentencia. Mientras tanto, el MEM no podrá tomar acción alguna por más que los decibelios de la grita se incrementen.

Resumiendo, tenemos tres aristas: el desenlace de la investigación de la OCI del MEM, el pronunciamiento de la Corte Superior de Sullana y la necesidad de tener un nuevo modelo de concesión de distribución de GN.  

 

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