Mg. Jorge Luis Martínez, autor de estas líneas
Enron fue una gran empresa norteamericana. En sus años de apogeo se convirtió en la séptima empresa más importante del gran coloso del norte. Fue considerada la empresa más innovadora, de acuerdo a la revista Fortune, fue catalogada como la más innovadora. No obstante, Enron, como es bien sabido, no fue más que un castillo de naipes. Colapsó, se vino abajo y sus directivos fueron procesados y condenados finalmente por fraude. Es más, a causa de la debacle de Enron, la auditora Arthur Andersen vio volatilizar su prestigio, quedó por los suelos y desapareció. Producto de este escándalo sin precedentes al norte del Río Grande un nuevo dispositivo legal fue diseñado, la famosa Ley Sarbanes Oxley, una normativa orientada a evitar este tipo de fraude empresarial.
Poco más de quince años después de haberse promulgado la Ley Sarbanes Oxley, en nuestro país, a causa del escándalo Odebrecht, el poder judicial ha dictado prisión preventiva para los empresarios José Graña, Hernando Graña, Fernando Camet (JJC) y Fernando Castillo (ICCGSA); y arresto domiciliario, por motivos de salud, para Gonzalo Ferraro (Graña y Montero). La medida se dictaminó en el marco del proceso de investigación por el pago de coimas en lo concerniente a la construcción de los tramos 2 y 3 del Proyecto Vial Interoceánica Sur. Los directivos en cuestión son acusados de haber pagado US$15 millones al ex presidente Alejandro Toledo, quien se encuentra actualmente en los Estados Unidos, y sobre quien pende cual Espada de Damocles una solicitud de extradición.
Así las cosas, lo que sorprende es el hecho de que estas empresas cotizan en la Bolsa de Valores de Lima y, por lo tanto, son reguladas por la Superintendencia del Mercado de Valores. Que estas empresas asimismo son auditadas por empresas que gozan de prestigio en el campo de la auditoria. Llama poderosamente también la atención que, en el momento de producirse lo que se convertiría en el Escándalo Odebrecht, existían en nuestro país normas de gobierno corporativo u otros dispositivos de control. Causa sorpresa que nadie se haya dado cuenta de todo lo que se viene de señalar. Extraño, ¿verdad? Ahora, si añadimos el hecho de que el “Reconocimiento de Riesgos adicionales” contablemente no existe y que, peor aún, la administración tributaria, tan celosa con muchas empresas y presta siempre a fiscalizar, no se haya percatado de este asunto. Sin duda alguna, nos encontramos frente a toda una arquitectura tributaria orientada a cubrir la coima que le vertieron al ex presidente Alejandro Toledo. La Sociedad de Auditoria que firmó el dictamen de estas empresas va a tener que dar explicaciones al respecto.
¡Señor!, ya estamos cansados de aquellos estudios sobre la corrupción: sobre sus orígenes y lo concerniente al costo de la corrupción para el país, y las razones por las que las personas cometen actos de corrupción, entre otros temas. Lo que falta son normas con un nivel alto de sanción a fin de combatir esas prácticas corruptas. Más claro ni el agua. La pregunta cae por si sola: ¿por qué no tener una ley similar a la Ley Sarbanes Oxley?, ¿por qué no? Seria todo un reto para nuestro país promulgar una ley como este dispositivo norteamericano promulgado, tal como señalamos, en julio de 2002 en medio del escándalo corporativo de las empresas Enron y WorldCom. No es suficiente el hecho de que algunas empresas peruanas que cotizan en la Bolsa de Valores de Nueva York están sujetas a las normas y exigencias de divulgación de información más estrictas de los mercados internacionales. Necesitamos más normatividad, más control legalmente determinado.
De una vez por todas: es hora de implementar en nuestro país una Ley como la Ley Sarbanes Oxley. Resulta perentorio si algún día queremos aspirar como lo dijo nuestro actual mandatario entrar en la OCDE. Ya que primero lo primero, mostrar que somos un país serio; uno en el que sanciona con dureza la corrupción; caiga quien caiga.