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Jueves 14 de diciembre 2017

Principios sobre conveniencias en disputa entre eléctricas

Por: César Gutiérrez
Principios sobre conveniencias en disputa entre eléctricas
Foto: Difusion

Ante la reciente prepublicación del Ministerio de Energía y Minas (MEM) del proyecto de Decreto Supremo que intenta solucionar el conflicto entre dos grupos de generadoras eléctricas, es indispensable un rápido e intenso debate, dada la trascendencia y el poco tiempo que se dispone, pues el 01 de enero del próximo año debería tener vigencia la norma que se apruebe.

El tema de fondo es la búsqueda por parte del MEM, a favor de uno de los grupos en disputa, de una metodología que permita incrementar el precio unitario de transacción (costo marginal) en las operaciones de compra-venta entre operadores,  en el mercado donde se transan los excedentes y déficits de producción de generación de electricidad (mercado spot).

La propuesta ministerial ha derivado en una fórmula, con la cual se pretende imponer un precio mínimo de declaración de los costos variables en que incurren las termoeléctricas que operan en base a gas natural y que se convertiría en un valor base del costo marginal.

Antes que la discusión de la fórmula, hay un tema de principios con diversas aristas: el problema de hoy en el mercado spot es transitorio, consecuencia de un excedente de oferta que se acabará dentro de tres años; el mercado de electricidad es de visión de largo plazo, monserga que nos repetían los operadores a los consumidores cuando discrepábamos por precios y que hoy día han decidido olvidar; la formulación de precios de generación eléctrica para los consumidores regulados va darse al 100% por contratos entre generadores y distribuidores, sin un ápice de influencia del mercado spot; el cargo al consumidor por las primas de la generación con recursos energéticos renovables (RER) desaparecerá por el bajo costo de éstas; el incremento del costo marginal será inexorable a partir del 2020 y habrá incentivos para que los generadores resuelvan contratos con clientes libres, dejándolos abandonados a altos precios del mercado spot.

La pretensión de precio mínimo es un despropósito en el ámbito de las definición de costo marginal que es un cociente de variaciones.

Resumiendo, inútil propuesta ministerial, , mediante una normas parche, en lugar de proponer propuestas con largo plazo de vigencia, para un mercado en competencia

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