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Lunes 26 de febrero 2018

Sepa cómo obtener la devolución de impuestos retenidos en exceso 2017

Trabajadores independientes y en planilla podrán pagar menos Impuesto a la Renta
Sepa cómo obtener la devolución de impuestos retenidos en exceso 2017
Foto: Difusion

Como es de conocimiento general, para el cálculo del Impuesto a la Renta (en adelante IR) del 2017, de personas que generen rentas de cuarta (independientes), y/o quinta categoría (trabajadores en planilla), no solo podrán deducir automáticamente las 7UIT (S/ 28,350), sino también hasta el importe adicional de 3UIT (S/12,150).

Por ello el Dr. Joaquín Chávez, especialista en temas tributarios de Torres y Torres Lara Abogados indica que, si un trabajador de una empresa gana S/40,000 al año, para calcular su IR, primero deberá restarle S/ 28,350 (deducción automática), quedando S/11,650. Antes del 2017, sobre este último importe debía calcularse el IR aplicándose las tasas progresivas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%, según corresponda (pagadas vía retenciones mensuales del empleador).

Sin embargo, a partir del 2017 es posible que a esos S/11,650 también se deduzca hasta S/12,150 adicionales (antes de aplicar las tasas) correspondientes a gastos que el trabajador haya realizado durante el año, siempre que se encuentren bancarizados y sustentados en comprobantes de pago electrónicos, pudiendo generar cero IR por pagar o incluso devoluciones al trabajador.

Dentro de los principales gastos que podrán utilizarse para esta deducción adicional, tenemos:

-       Los alquileres por arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles (hasta el 30%).

-       Los intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda (el 100%).

-       Los honorarios profesionales de médicos, odontólogos, veterinarios, abogados, psicólogos, entre otros (hasta el 30%).

-       Las aportaciones a ESSALUD que se realicen por los trabajadores del hogar (100%).

Por ello el especialista de TyTL Abogados, explica que puede suceder que la deducción adicional no solo genere la reducción o exclusión del pago del IR, sino revele que se hicieron pagos en exceso de las retenciones mensuales del IR, ocasionando un saldo a favor del trabajador, el mismo que podrá ser solicitado en devolución a la SUNAT.

Téngase presente que, los referidos S/12,150 son el tope máximo de gastos a deducirse, y no es necesariamente el monto por devolverse.

Finalmente, como ha informado SUNAT, el plazo para presentar las declaraciones del ejercicio 2017 y posteriormente solicitar las devoluciones, ha iniciado el 19 de febrero de 2018, debiendo realizarse a través del Formulario virtual N° 705, (debe verificarse en la web de SUNAT los plazos de vencimiento para su presentación).

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