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Miércoles 08 de agosto 2018

Nuevas obligaciones formales de precios de transferencia vigentes desde el ejercicio 2017: Reporte Maestro y Reporte país por país

Condiciones y obligaciones de presentación fueron publicadas por la SUNAT
Nuevas obligaciones formales de precios de transferencia vigentes desde el ejercicio 2017: Reporte Maestro y Reporte país por país
Foto: Difusion

Entre el 15 y el 23 de noviembre de este año vence el plazo para que las empresas  presenten sus declaraciones juradas informativas Reporte Maestro y Reporte País por País correspondiente al periodo 2017, según señala la Resolución 163-2018 publicada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT). Con esto, se amplía el plazo que originalmente fue anunciado para octubre de 2018.

Las empresas que tienen obligación de presentar el Reporte Maestro, son aquellas cuyos ingresos devengados hayan superado las veinte mil UIT (S/.81,000,000) y además hayan realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cuatrocientas UIT (S/.1,620,000).

Al respecto, Jenny Morón, socia de Precios de Transferencia de Deloitte Perú, explicó que esta resolución aclara que el umbral referido a los ingresos devengados se cuantifica por contribuyente (y no a nivel de los ingresos consolidados del grupo), y además se ha adicionado el umbral referido al monto de operaciones sujetas al ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia.

De otro lado, la presentación del Reporte País por País, es obligación para las matrices peruanas de grupos multinacionales cuyos ingresos según sus estados financieros consolidados, sean mayores o iguales a dos mil setecientos millones de soles (S/ 2 700 000 000). Esta parte de la norma tiene algunas aclaraciones que son detalladas en la resolución.

Morón explicó que esta obligación debe ser cumplida por la matriz del grupo multinacional en la jurisdicción en la que resida, y a través de los acuerdos de intercambio de información para el Reporte País por País las demás administraciones fiscales accederían a dicho reporte. Al respecto es importante señalar que en el caso de las subsidiarias peruanas de grupos multinacionales que cumplan el umbral de ingresos determinado , dado el contexto actual donde el Perú aún está en proceso de suscripción de estos acuerdos para el intercambio del Reporte País por País, existe una alta probabilidad que lleguemos a la fecha de presentación de este reporte, en noviembre de 2018, sin que estos acuerdos estén vigentes, con lo cual la subsidiaria local quedaría obligada a presentar el Reporte País por País a la SUNAT”, sostuvo Jenny Morón.

 

RECUADRO

Plazo para presentar las declaraciones Reporte Maestro y Reporte País por País correspondientes al ejercicio 2017

 

Último digito de RUC

Fecha de Vencimiento

 

0

15 de noviembre de 2018

 

1

16 de noviembre de 2018

 

2 y 3

19 de noviembre de 2018

 

4 y 5

20 de noviembre de 2018

 

6 y 7

21 de noviembre de 2018

 

8 y 9

22 de noviembre de 2018

 

Buenos Contribuyentes

23 de noviembre de 2018

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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