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Lunes 22 de octubre 2018

Presidente Martín Vizcarra observa la llamada "Ley con nombre propio"

El mandatario peruano observó la autógrafa aprobada por Fuerza Popular con el fin de evitar que Alberto Fujimori retorne a prisión.
Presidente Martín Vizcarra observa la llamada 'Ley con nombre propio'
Foto: www.meganoticias.mx


Eran exactamente las 9:01 de la mañana del hoy 22 de octubre cuando hizo su ingreso por la mesa de partes del Congreso de la República el documento con el que el presidente Martín Vizcarra observó la autógrafa aprobada por Fuerza Popular que establece la ejecución humanitaria de la pena. Una norma aprobada con el fin expreso de beneficiar al expresidente Alberto Fujimori que purga prisión efectiva.

He aquí los cuestionamientos del Ejecutivo a la norma que fue promovida por la bancada de Fuerza Popular: 

En primer lugar, la norma atenta contra competencia del juez. El Ejecutivo señala que el hecho de tramitar la ejecución humanitaria de la pena solo ante el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), tal como indica el artículo 4 de la ley, es inconstitucional e inaceptable dado que atenta contra el Poder Judicial y desnaturaliza sus funciones, reduciéndolas a un mero trámite administrativo. Y olvida que el INPE “es un organismos ejecutor, no decisorio”. 

En segundo lugar, la norma en cuestión regula beneficios para personas determinadas, lo que hace decir que esta norma es una "ley con nombre propio". El Ejecutivo precisa además que “no es posible argüir criterios etarios o de discapacidad para flexibilizar las prohibiciones, en tanto existe delitos graves”. Asimismo señala que “No es posible admitir medidas de egreso anticipado que alcancen a grupos extremadamente reducidos”.

En tercer lugar, la norma beneficia a condenados por violaciones a los derechos humanos. Un hecho, según el Ejecutivo, que contraviene criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). En particular, el que obliga a los Estados a asegurar que las penas impuestas por violaciones a los derechos humanos. El texto aprobado por el Congreso de la República, según el Ejecutivo, “plantea beneficios penitenciarios a personas condenadas por la comisión de graves violaciones a los derechos humanos”.

En cuarto lugar, la norma, de acuerdo a la observación del Ejecutivo, va en contra del cumplimiento de la pena, tal como está regulado en el Código Penal. Según el detalle del oficio, el Congreso de la República busca permitir la salida de reos que, con solo hacer uso de grilletes electrónicos, pueden volver a perjudicar la seguridad de la sociedad. 

En quinto lugar, la norma aprobada por el Congreso de la República, de acuerdo al texto del Ejecutivo, planteaba que un garante responda si el beneficiado, por ejemplo, fugaba del país. Esto contraviene al “principio de legalidad penal al sancionar penalmente al garante”, según el Ejecutivo.

En sexto lugar, el Ejecutivo señala la falta de debate en el Congreso. Este se redujo a un breve y superficial intercambio de ideas. "La deliberación, señala el texto del Ejecutivo, no se debe confundir con la mera votación, toda vez que la primera responde a un debate sustancial de ideas, mientras que la segunda revela un simple conteo de votos”. 

Y en séptimo lugar, de acuerdo al texto del Ejecutivo, la norma vulnera principios del régimen penitenciario establecidos en la Constitución Política del Estado. El Ejecutivo advierte que si una persona ya ha sido beneficiado con la norma y posteriormente es condenada por un delito más grave, se mantendría el beneficio que ya ha logrado.

 

 

 

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