Si paga en efectivo al momento de adquirir algún producto o contratar algún servicio, tenga en cuenta que el proveedor, tienda o supermercado tiene la obligación de entregar su vuelto completo, si por algún motivo debe redondear el precio, siempre debe hacerlo a favor del consumidor. Así lo recordó el Indecopi a través del microprograma “¡Ya lo Sabes!”.
“¡Ya lo sabes!” se difunde todos los martes a través de la señal de TV Perú. La institución informó cómo se debe realizar el cálculo para el redondeo sin afectar al consumidor.
Muchos proveedores y tiendas establecen sus precios con decimales, por ejemplo, S/ 5.99, y el cliente no puede pagar el monto exacto en efectivo o el proveedor tampoco podría contar con monedas de baja denominación de 1 y 5 céntimos, pues salieron de circulación por disposición del Banco Central de Reserva (BCR), desde el 01 de enero de 2019.
En estos casos, la norma indica que se debe redondear a favor del consumidor. Siguiendo el mismo ejemplo, si la cuenta asciende a un monto de S/ 5.99, al momento de efectuar el pago en efectivo el proveedor debe redondear el precio y cobrar la suma de S/ 5.90.
El redondeo solo se aplicará para pagos en efectivo cuando deban dar vuelto. Pero no aplica cuando se paga con tarjeta de crédito o débito, porque a través de este medio el pago es exacto.
También, es importante señalar que los establecimientos pueden consultar al consumidor si acepta el redondeo elevando el precio al decimal superior, siempre y cuando ese excedente sea destinado a una donación. El proveedor deberá además precisar qué institución es la beneficiaria.
Si detecta o sufre la vulneración de sus derechos ante un redondeo de precios en su perjuicio, el consumidor, tiene a su disposición los siguientes canales de atención para formular sus quejas o reclamos:
Para más información sobre este tema puede visitar la web www.yalosabes.pe.