Hasta cinco años de prisión efectiva podrían recibir las personas que, al jugar carnavales, incurran en tocamientos indebidos en contra de terceras personas, advirtió el abogado especialista en derecho penal, Luis Lamas Puccio.
Explicó que, según el artículo 176 del Código Penal, este acto constituye delito contra las buenas costumbres, que en este caso es sancionado con una pena privativa de la libertad de entre los tres y los cinco años.
“Puede ser un problema demostrar que hubo tocamientos indebidos en la calle, pero la labor policial es fundamental para reconocer al autor del hecho”, comentó a la Agencia Andina.