
El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó la inscripción del Movimiento por la Amnistía y los Derechos Fundamentales (Movadef) por no cumplir con los requisitos formales que exige la Ley de Partidos Políticos.
Entre las observaciones subsanables detectadas detalla la doble filiación de sus miembros, el incumplimiento del número de comités partidarios requeridos (solo cuentan con 25 de los 65 requeridos) y en 13 de los casos no se consigna las direcciones de los comités señalados.
Según la resolución, el Movadef tampoco precisa la forma de elección de sus representantes y señala, en su estatuto, que la renuncia de los afiliados será evaluada por un órgano, contraviniendo el artículo 18 de la Ley de Partidos Políticos.
Respecto al ‘Pensamiento Gonzalo’, el ROP hace un mayor análisis del derecho de inscripción del Movadef y ratifica que atenta contra el principio democrático.
La mencionada organización políticas tiene 5 días hábiles para apelar la resolución del Registro de Organizaciones Políticas del JNE.