Las empresas operadoras estarán obligadas a grabar el integro de la comunicación (desde el inicio hasta su finalización), que sostengan con los usuarios, cuando se traten de procedimientos de contratación de servicios.
Así lo dispone el proyecto de norma que modifica el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
La iniciativa busca garantizar que los beneficios ofrecidos a los usuarios, durante el proceso de contratación de servicios se cumplan, tal cual fue pactado.
De acuerdo a las estadísticas del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del OSIPTEL, los casos de reclamos por incumplimiento de contratos realizados vía telefónica, así como a través del mecanismo de marcación, se han incrementado en los últimos meses. De ahí que, se hace necesario que quede un registro de los términos del contrato que sirva de sustento al usuario, ante posibles reclamos.
De igual forma, el proyecto de norma establece que la contratación de los servicios de comunicaciones bajo la modalidad del mecanismo de marcación, resultará aplicable, solo cuando el abonado lo utilice para la realización de llamadas de larga distancia nacional e internacional o envío de mensajes de texto, los mismos que serán facturados de manera individual.
Asimismo, se precisa este mecanismo no es aplicable para los casos de suscripción a “servicios premium” (servicios de horóscopo, juegos, chistes, entre otro), ni para la realización de migraciones de planes tarifarios, ni contratación de servicios suplementarios, adicionales u otras prestaciones.
Los usuarios, instituciones, empresas y otros interesados podrán hacer llegar sus comentarios y sugerencias al proyecto de norma publicado por OSIPTEL.