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Miércoles 10 de abril 2013

Empresas operadoras deberán detallar tarifa individual de los ‘servicios empaquetados’

Así lo señala el proyecto de norma que modifica el Reglamento General de Tarifas, aprobado por OSIPTEL,
Empresas operadoras deberán detallar tarifa individual de los ‘servicios empaquetados’
Foto: osiptel.gob.pe

Las empresas operadoras deberán detallar, en los recibos que envían a sus usuarios, la tarifa individual que apliquen por la contratación y prestación de cada uno de los servicios de telecomunicaciones que formen parte de los denominados ‘servicios empaquetados’, como por ejemplo los dúos, tríos u otros planes que impliquen más de un servicio.

Así lo señala el proyecto de norma que modifica el Reglamento General de Tarifas, aprobado por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), publicado hoy en las Normas Legales del Diario El Peruano para recibir comentarios de todos los interesados. De esta manera, el proyecto de norma propone la incorporación de reglas específicas para la facturación de los servicios empaquetados, con el fin de que las empresas proporcionen más información a los abonados y usuarios para la identificación de las tarifas que pagan, y se promueva un mayor nivel de competencia entre las empresas.

Ordenamiento tarifario

El proyecto de norma propone prohibir a las empresas operadoras la aplicación de tarifas o planes tarifarios en condiciones menos favorables que las que vienen ofreciendo en el mercado.

Con esta disposición, el OSIPTEL busca asegurar un ordenamiento adecuado en la oferta de tarifas o planes tarifarios de las empresas operadoras, de manera que los abonados y usuarios puedan aprovechar las mejores condiciones tarifarias que las empresas ofrecen.

Modificaciones adicionales

Entre otras disposiciones, se han incorporado precisiones y modificaciones a las obligaciones sobre el registro de tarifas en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT) del OSIPTEL (www.osiptel.gob.pe) que permite a los usuarios acceder a la información de tarifas de los servicios públicos de telecomunicaciones, tales como telefonía fija, móvil, cable e internet, brindados por las empresas operadoras.

El OSIPTEL ha establecido un plazo de treinta (30) días calendario para que los interesados emitan comentarios al proyecto de norma. Una vez terminado dicho período, el OSIPTEL evaluará los mismos, y emitirá la norma definitiva.

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