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Martes 17 de julio 2012

Experto en derecho concursal Esteban Carbonell O`Brien se pronuncia respecto al caso Crousillat

Entrevistado por los medios, fue consultado sobre la decisión judicial de ejecutar en las próximas horas la sentencia ordenada por la Corte Suprema en torno a la devolución del 99.9 % de acciones a ex broadcaster.
Experto en derecho concursal Esteban Carbonell O`Brien se pronuncia respecto al caso Crousillat
Foto: Generaccion

¿Pueden valer cero soles las acciones de canal cuatro? Vasto una sola pregunta para que el experto en derecho concursal nos explique cuál es la legitimidad que ampara a Crousillat de poder recuperar su canal. Aquí la respuesta.

El ex presidente de la junta de acreedores del Canal 4, Gonzalo de las Casas, no puede afirmar que las acciones de la emisora “valían 0” cuando José Enrique Crousillat las transfirió a sus hijas porque no hay un informe técnico-económico que lo respalde

El especialista Carbonell O`Brien,  explicó que es importante analizar la forma en que José Enrique Crousillat adquirió el Canal 4, porque recordó que la emisora era originalmente propiedad de Televisa. “Hay un documento del 2001 que acredita que el señor Crousillat pagó 33 millones de dólares por las acciones”, acotó.

Enfatizó que De las Casas no puede aseverar que las acciones valían 0 cuando la empresa recaló en un procedimiento concursal porque “confunde el patrimonio negativo que quizá entonces tenía la empresa con el valor nominal de las acciones”.

“Yo puedo tener una referencia contable, en libros, del valor de cada acción y porque mi patrimonio es negativo, eso no significa que el valor de las acciones es 0”, reiteró.

Explicó que, por mandato de la Ley General de Sociedades, cuando los acreedores deciden un aumento de capital se tiene que presentar un informe técnico contable para verificar cuál es el valor real que tiene cada acción en los libros y en función de eso se hace el aumento de capital.

“Ese informe técnico tendría que ser presentado y exhibido por el Canal 4 para poder verificar cuál es el valor en esa fecha de cada acción”, señaló.

Carbonell O`Brien también dijo que De las Casas debe recordar que cuando los acreedores deciden aprobar el aumento de capital (como sucedió con el Canal 4), eso no implica la desaparición de los accionistas primigenios.

“En todo caso, los accionistas originales que no decidan participar en el aumento de capital perderán un porcentaje de participación en las futuras juntas, no es que de-saparezcan. Los porcentajes disminuyen pero no desaparecen”, concluyó.

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