El Estado de Emergencia anunciado a nivel nacional por 15 días con miras a revertir la propagación del coronavirus Covid-19, anunciado por el presidente Martín Vizcarra, se inició, tal como estipula el decreto supremo, hoy lunes 16 de marzo a las 00: 00 horas.
De acuerdo a lo señalado por el primer mandatario, a lo largo del periodo de Estado de Emergencia quedan restringidos el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito a lo largo y ancho del territorio peruano.
A partir de este tercer lunes de marzo se suspenden las actividades de los trabajadores del sector público y privado en el país. Únicamente se permitirá la circulación por la vía pública a personas que presten o accedan a servicios esenciales, tales como:
-Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos: incluye su almacenamiento y distribución para venta al público.
-Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
-Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
-Retorno al lugar de residencia habitual.
-Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
-Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
-Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
-Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.