Desde ahora los vándalos que hagan desorden público irán tras las rejas. El presidente Alan García promulgó una ley que ha modificado varios artículos del Código Penal con el fin de reprimir los actos contra los servicios públicos.
Entre algunas penas destacan la de entre 4 y 8 años de prisión a quienes cometan el hurto agravado de bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de uso público, sus equipos o elementos de seguridad.
Similar pena se aplica si la acción es contra infraestructuras destinadas a la prestación de servicios de saneamiento, gas, electricidad y telecomunicación.
De la misma manera, se señala que si los actos recaen sobre bienes provenientes de la comisión de delitos de secuestro, extorsión o trata de personas, la pena será entre 6 y 10 años.
Igual sanción recibirán los que ponen en peligro la seguridad común, atentando contra fábricas, obras, infraestructura, instalaciones o equipos destinados a la producción, transmisión, almacenamiento o provisión de saneamiento, entre otras.
Finalmente, se aplicará entre cuatro y seis años de cárcel a quienes impidan, estorben o entorpezcan el normal funcionamiento del transporte o de los servicios públicos referidos previamente. Si el sujeto que cometió el delito actúa con violencia, la pena se incrementará ente 6 y 8 años de cárcel.