La Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES sancionó, en lo que va del año, a más de 40 artistas extranjeros que ofrecieron conciertos en el país, por vulnerar las Leyes Migratorias y les requirió cumplir con sus obligaciones tributarias y migratorias.
Los extranjeros trasgredieron el artículo 56° de la Ley de Migraciones, que, en su inciso f, establece multar a los ciudadanos extranjeros que realizan actividades no correspondientes a su calidad migratoria, visa o permiso asignado.
La multa fue equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria para cada artista.
Se trató de artistas de reconocidas agrupaciones musicales internacionales procedentes de diferentes países de América y Europa.
Todos cometieron la misma infracción y fueron sancionados por ingresar al país como “turistas” cuando iban a realizar una actividad lucrativa ajena a esa condición migratoria.
Para los artistas extranjeros, MIGRACIONES establece la calidad migratoria “Artística”, la que permite desarrollar actividades remuneradas o lucrativas, vinculadas a espectáculos artísticos, culturales, deportivos u otros similares en virtud de un contrato de conformidad con la normativa vigente.
Dicha calidad migratoria puede ser tramitada por algún representante de los ciudadanos extranjeros con anticipación.
MIGRACIONES recomienda a los artistas extranjeros tramitar con anticipación sus documentos y evitar caer en faltas administrativas de este tipo.